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Requisitos de seguros necesarios a la hora de viajar
Fecha: 20/12/2016 | Etiquetas: | Autor: Pablo Collomb

Al transitar las rutas del país es necesario contar con el seguro de responsabilidad civil. Pero ¿es legal que se exijan los comprobantes de pago de la póliza de seguros? Martín Collomb, Productor Asesor de Seguros, aclara las dudas sobre la legitimidad o no del pedido.
Al comenzar el mes de diciembre, se da inicio a una gran cantidad de viajes por motivos varios: celebraciones familiares, despedidas de año, navidad, año nuevo e inclusive las vacaciones. Por ello, hay muchos detalles a tener en cuenta a la hora de subirse a las rutas, autopistas y autovías del país.
Como es de público conocimiento, la ley argentina obliga a los conductores a la contratación del seguro de responsabilidad civil. Más el debate se abre a la hora de exponerse a un control vehícular. ¿Por qué? Muchos tildan como ilegal que el agente de seguridad exija la presentación del comprobante o factura de pago del mismo.

Martín Collomb, Productor Asesor de Seguros (Matrícula 84.949), aclaró las dudas sobre la legitimidad o no de esta solicitud al aire de Radio FM Blue 105.7 .

Lo reglamentario, y lo que dice la Ley es lo siguiente: “La posesión de este comprobante obligatorio será prueba suficiente del seguro obligatorio de automotores exigido por el artículo 68 de la Ley 24.449. Conforme al artículo 2 de la Disposición N° 70/2009 de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, la falta de portación del recibo de pago de la prima del seguro obligatorio por parte del conductor del vehículo no podrá ser aducida por la autoridad de constatación para determinar el incumplimiento de los requisitos de circulación.” Aclara Martín.

Por otro lado, aclaró que «sin embargo, y justamente, el irse de vacaciones significa pasar buenos momentos, y para evitar situaciones incómodas con las autoridades en las rutas del país, aconsejamos  llevar la póliza vigente, la credencial del seguro obligatorio y el recibo de pago si este se abona en efectivo/pago fácil. En caso de pagarlo con tarjeta de crédito o CBU la póliza hace mención que el pago se debita por estos medios, y eso ya es válido para circular».

Haciendo referencia a los viajes en el exterior, Martín agregó que «todas las pólizas extienden su cobertura a los países del Mercosur, aunque ahora hay algunas compañías que lo están haciendo para todos los países de Sudamérica. Se recomienda leer bien estos apartados en las pólizas y consultar con la compañía o su Productor Asesor para confirmar, y por supuesto, viajar tranquilo.»